Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: reclasificación contable de pasivos

Concepto 096 de 02-02-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 2 febrero, 2018

El CTCP indica que, se considera que un pasivo que se capitalizará en períodos futuros cumple los requisitos para clasificarse como un componente del patrimonio, si: 1) los socios lo manifestaron de ese modo mediante el documento societario respectivo; 2) los socios no pueden requerir a la entidad el reembolso del efectivo, y 3) la entidad emisora del instrumento de patrimonio ha iniciado los trámites para su expedición, tal como lo exige la legislación nacional. Si la totalidad de los anteriores requisitos no se cumple, la entidad debe seguir reconociendo un pasivo financiero. Cabe señalar que la capitalización de pasivos financieros debe presentarse y revelarse adecuadamente en los estados financieros, y constituye una operación que no afecta los flujos de efectivo de la entidad.

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