El CTCP señala que el reconocimiento de pérdidas por deterioro en los libros e informes financieros de propósito general no significa que la entidad no pueda seguir efectuando el cobro de la cuenta y los intereses corrientes y de mora que se generan cuando una entidad incurre en mora en el pago de sus obligaciones. En este caso, los responsables de la preparación y presentación de los estados financieros de propósito general deberán evaluar, con fundamento en información objetiva, las probabilidades de cobro de las cuentas por cobrar y reconocer en los libros y estados financieros las estimaciones de las pérdidas por deterioro o la baja en cuentas de estas partidas. Por otra parte, si la entidad que está incumpliendo con sus obligaciones se encuentra en liquidación y traslada a un tercero dichas obligaciones, serán los responsables de los estados financieros los encargados de determinar el importe recuperable de las cuentas por cobrar.