La reestructuración de créditos es aquella posibilidad o requisito para iniciar un proceso de ejecución con el objetivo de exigir el pago de una obligación.
Los instrumentos financieros se miden al modelo de costo amortizado, utilizando tasas de interés de mercado; cuando se pacta un acuerdo en el cual no se reciben intereses, la entidad deberá establecer una tasa para el cálculo y asumir el costo de financiación implícito.
En los contratos de arrendamiento es común que se pacte que el arrendatario (quien recibe el activo en alquiler) debe dejar el bien en las mismas condiciones en que le fue entregado, excepto en las cuestiones relativas al desgaste natural generado por el uso del activo. Todo lo que tiene que ver con arrendamientos se indica en la Sección 20 de la Norma de Información Financiera para pymes.
Cualquier entidad –por negocio, estrategia, proyección, planeación estratégica, etc.,– puede decidir cerrar un local, una instalación, una agencia, dentro de un proceso de reestructuración que de acuerdo con la Sección 21 de la NIIF para pymes que habla de provisiones y contingencias, es un programa planificado y controlado por la gerencia, que cambia significativamente el alcance de un negocio emprendido por una entidad o la manera como ese negocio se gestiona.