El Ministerio de Salud y Protección Social establece que, al finalizar el 31 de diciembre de 2018, quienes requieran hacer uso de la fuente semillera de cannabis deberán haber radicado ante el ICA el trámite de productor de semilla seleccionada, presentando las fichas técnicas de los cultivares a ser usados como fuente semillera. La fuente semillera es un atributo de cada cultivar, por lo que cumplido el término establecido no se podrán adicionar fichas técnicas de cultivares diferentes a los presentados dentro del término.