El artículo 1.2.1.20.4 del DUT 1625 de 2016, modificado por el artículo 6 del Decreto 2250 de 2017, señala los conceptos que se pueden detraer como rentas exentas y deducciones en cada una de las cédulas. En algunos casos debe verificarse los límites a que deben someterse dichos conceptos.