Durante Agosto y Septiembre de 2010 se vencerán los plazos para presentar oportunamente estas Declaraciones. Si se presentan en papel estado obligados a hacerlo virtualmente, tales declaraciones se darían por no presentadas
Las Personas Jurídicas que en el 2009 obtuvieron 500 millones de ingresos brutos pudieron declarar en papel en Abril de 2010 pero tres meses después deben empezar a declarar virtualmente.