La fuerza mayor o caso fortuito, definidos por el Código Civil como los imprevistos que no es posible evitar, constituyen hechos eximentes de responsabilidad. Para acogerse a este recurso debe demostrarse el cumplimiento de dos elementos esenciales: la imprevisibilidad y la irresistibilidad.
La responsabilidad civil extracontractual es el suceso accidental fortuito e imprevisto que genera una obligación resarcitoria, en la que el responsable del daño está obligado a repararlo, aunque no exista intención en el perjuicio, y a reconocer el derecho de los perjudicados mediante una indemnización.
La violación a las normas de la libre competencia ocasiona la obligación de reparar los daños causados, pues estas normas buscan proteger a quienes hayan sufrido perjuicios a raíz de las prácticas restrictivas de la competencia. En materia de protección es la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC–, el órgano administrativo encargado de la protección […]