Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 12 de marzo

Concepto 033227 de 12-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 diciembre, 2017

Si le servicio no ha sido prestado o el bien entregado pero tales operaciones han sido facturadas, se está en presencia de uno de los hechos en los cuales se causa el impuesto sobre las ventas al tenor del artículo 429 del ET, así causado debe incluirse en la declaración y registrar el valor de la operación que lo genera, así este ingreso aún no se haya devengado.

Concepto 033131 de 12-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 diciembre, 2017

La Dian precisa que los servicios descritos en los numerales 23, 24 y 25 del artículo 476 de ET están excluidos del IVA; los numerales 23 y 25 no establecen diferenciación en cuanto a ser aplicaciones web o móviles; los términos contenidos en el numeral 24 se encuentran definidos en el Oficio 1058335 de 2017 expedido por el Ministerio de Tecnologías sobre el cual la DIAN emitió el Concepto Unificado 017056 de 2017.

Concepto 042241 de 12-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 diciembre, 2017

El artículo 170 del Decreto Ley 1333 de 1986 establece que los bienes de los municipios no pueden ser gravados con impuestos directos nacionales, departamentales o municipales. Esta prohibición de gravar los bienes de los municipios tanto con impuestos nacionales, como departamentales o municipales, aplica por disposición de la ley sin que sea necesario que la adopten los entes territoriales en sus estatutos tributarios. En consecuencia, los predios de propiedad del municipio no pueden ser gravados con impuesto predial unificado ni con ningún otro impuesto, independientemente de que se trate de bienes de uso público o de bienes fiscales. Debe precisarse que la prohibición aplica para los predios de propiedad del municipio en su nivel central, es decir que la mencionada prohibición no se extiende a los predios de propiedad de sus entidades descentralizadas.

Concepto 041212 de 01-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 diciembre, 2017

El Ministerio de Hacienda señala que, solo el Congreso por atribución expresa en la Constitución, está facultado para crear las leyes y, a través de ellas, establecer los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) que posteriormente han de ser adoptados por las entidades territoriales, de acuerdo con los artículos 287 y 313-4 de la Carta Política. De esta forma, en desarrollo de la autonomía que les asiste a las entidades territoriales, es facultad exclusiva de estas, a través de sus corporaciones públicas (concejos municipales o asambleas departamentales), establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, previamente creados por el Congreso, y dentro de los límites fijados por la Constitución y la ley. En consecuencia, el municipio no se encuentra habilitado para adoptar el tributo Pro-estampilla Hospital Carlos Torrente Llano ESE, hasta tanto no se cree como tributo del orden territorial por una Ley del Congreso.

Concepto 041274 de 01-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 diciembre, 2017

El Ministerio de Hacienda señala que, de conformidad con lo prescrito en los artículos 41 del Decreto Ley 3135 de 1969 y 102 del Decreto 1848 de 1969, la acción para el cobro de obligaciones laborales prescribe a los tres años, contados a partir de la fecha en que se hizo exigible la obligación. El simple reclamo escrito del trabajador, interrumpe el término de prescripción, por un lapso igual.

Concepto 032013 de 29-11-2017

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 29 noviembre, 2017

El Ministerio del Trabajo señala que el reglamento interno de trabajo debe contar con disposiciones, entre otras, sobre la escala de faltas y procedimientos para su comprobación; escala y aplicación de sanciones disciplinarias, obligaciones y prohibiciones especiales para el empleador y el trabajador; estas últimas de conformidad con lo establecido en los artículos 58 y 60 del CST que establecen las obligaciones y prohibiciones del trabajador. En consecuencia, frente a la violación de las obligaciones o prohibiciones a cargo de los trabajadores, el empleador debe seguir lo estipulado en el reglamento interno de trabajo para las faltas y sus correspondientes sanciones, en particular para la aplicación de la multa contemplada en el artículo 113 del CST, acatando lo señalado por la Corte Constitucional en la sentencia C-593 de 2014, sobre la obligación de dar cumplimiento al debido proceso en su imposición.

Concepto 031634 de 23-11-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 noviembre, 2017

La Dian precisa que la prestación de los servicios de telefonía móvil, internet, navegación móvil y servicio de datos están gravados con el impuesto nacional al consumo con una tarifa del 4% sobre la totalidad del servicio. El inciso segundo del artículo 512-2 del ET establece de manera expresa que la porción correspondiente a los servicios de datos, internet y navegación móvil se gravará solo el monto que exceda de 1.5 UVT mensual.

Concepto 028729 de 23-10-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 octubre, 2017

Cuando un contribuyente corrige su declaración en ocasión a la respuesta de un requerimiento especial (corrección provocada), debe limitarse a corregir lo que la Dian le ha expuesto en las glosas, pues, de no hacerlo, dicha declaración no tendrá validez alguna.

Concepto 001717 de 23-10-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 octubre, 2017

La Dian precisa que la deducción por concepto de dependientes establecida en el artículo 387 del ET solo procede cuando los ingresos provienen de una relación laboral o legal y reglamentaria; lo anterior considerando que en el artículo citado, la mención del beneficio realizado en la ley de manera expresa se refiere “al trabajador” en una relación laboral, pues el mismo inciso segundo precisa la forma en que se debe determinar dicha deducción en hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria. Resalta la Dian que los trabajadores, para efectos del artículo 387 del ET, son aquellas personas con quienes se tiene una relación de tipo laboral, legal o reglamentaria, lo que lleva a reafirmar que la norma deben interpretarse en dicho contexto.

Concepto 028719 de 23-10-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 octubre, 2017

La Dian recuerda que el gravamen a los movimientos financieros es un impuesto indirecto de orden nacional, creado a partir del 1º de enero de 2001, a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman, sus sujetos pasivos son los usuarios y clientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, sin distinguir nacionalidad o situación migratoria. En materia de exoneraciones, exclusiones o hechos que no causan impuesto, cabe señalar que son de interpretación restrictiva, limitada y se concretan a las expresamente señaladas en la ley; para el caso del GMF estas situaciones están determinadas en el artículo 879 del ET, ninguna de las cuales refiere trato diferencial en este impuesto por situación migratoria o nacionalidad, pudiendo cualquier sujeto pasivo de GMF acogerse a ellas, de cumplir con los supuestos de hecho allí establecidos.

Concepto 028718 de 23-10-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 octubre, 2017

La Dian precisa el tratamiento tributario de los aportes obligatorios señalados en el artículo 55 del ET y de los aportes voluntarios mencionados en el inciso 2º del artículo 126-1 del ET. Al respecto, señala que los aportes obligatorios que realicen tanto los empleadores como los trabajadores al sistema de seguridad social son ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional; en cuanto a los aportes voluntarios realizados por el trabajador, el empleador o el partícipe independiente a los fondos de pensiones deben ser tratados como renta exenta, siempre y cuando se cumplan los requisitos señalados en la norma. Cabe señalar que el artículo 126-1 del ET debe ser mirado en su contexto, pues si bien señala que los fondos pueden ser de pensiones voluntarias y obligatorias, el legislador está refiriéndose a la naturaleza del fondo que administra pensiones voluntarias y obligatorias y no al aporte mismo.

Concepto 021970 de 20-10-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 20 octubre, 2017

El artículo 4 de la Resolución 000055 de 2016 establece los casos en los cuales los obligados a expedir factura o documento equivalente no requieren autorización de numeración, estableciendo en el parágrafo una excepción que aplica de manera genera a quienes facturen, expidan documentos equivalentes a través e máquinas registradoras POS y expidan factura electrónica.

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