Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 032013 de 29-11-2017


Actualizado: 29 noviembre, 2017 (hace 6 años)

Ministerio del Trabajo
Concepto 032013
Noviembre 29 de 2017

Frente a la violación de las obligaciones o prohibiciones a cargo de los trabajadores, el empleador debe seguir lo estipulado en el reglamento interno de trabajo para las faltas y sus correspondientes sanciones, en particular para la aplicación de la multa contemplada en el artículo 113 del CST.

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