El 1 de junio del 2016 la Corte decidió aceptar la solicitud hecha por el Ministerio de Hacienda frente al surgimiento de un incidente de impacto fiscal que se generaba con la sentencia C-492 de agosto del 2015 la cual disponía que a partir del año gravable 2016 las personas naturales empleadas podrían restar el 25% de rentas exentas también en sus cálculos de la RGA. Ante la solicitud del Ministerio de Hacienda, la Corte decidió aplazar los efectos de la sentencia para que apliquen solo a partir del año gravable 2017.
A raíz de la Sentencia C-492 de agosto 5 del 2015 de la Corte Constitucional, que modificó para los años gravables 2016 y siguientes el cálculo de la RGA de los empleados, lo más lógico será esperar que el Gobierno emita una nueva reglamentación que modifique la forma de aplicar el cálculo de la retención mínima a los empleados.