Luego de hacer la revisión constitucional de las objeciones gubernamentales al Proyecto de Ley No. 016/15 Senado – 190/15 Cámara, “Por medio del cual se modifica la Ley 142 de 1994, se elimina el cobro por reconexión y reinstalación de los servicios públicos domiciliarios residenciales, y se dictan otras disposiciones”, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declararlas infundadas por considerarlas inconstitucionales; lo anterior debido a que, en criterio del Ministerio Público, el texto objetado desarrolla admisiblemente el concepto de eficiencia en la prestación de los servicios públicos domiciliarios, el deber de regulación tarifaria de acuerdo con los costos del servicio y el deber de solidaridad en la financiación de los servicios públicos domiciliarios, por lo que el ministerio estimó que sí es posible eliminar los cobros por reconexión y reinstalación de servicios públicos domiciliarios en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3.