Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: valores por pensiones pagados en el exterior

Concepto 7079 de 29-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 29 marzo, 2017

De acuerdo con lo señalado en el artículo 108 del ET, no se permite la deducción por pagos parafiscales realizados en otros países, habida cuenta que la exigencia de pagos de aportes parafiscales indica que deben efectuarse de acuerdo con lo establecido en los normas vigentes colombianas, considerando que para la procedencia de la deducción por pagos por salarios debe verificarse la afiliación y el pago de las cotizaciones y aportes a la protección social que corresponda según la ley colombiana y de acuerdo con el reglamento que se expida en el Gobierno Nacional. En consecuencia, los valores por pensiones pagados en otro país no son deducibles para el impuesto de renta en nuestro país, pues se sujetan a las condiciones y normas del país donde se realizan y dependen de la voluntad o liberalidad del empleador y del trabajador en desarrollo de su vinculo laboral.

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