El 4 de septiembre de 2017 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 1451 mediante el cual establece los requisitos y condiciones para que aquellas personas jurídicas cuyo objeto social principal es la comercialización y venta de productos colombianos en el exterior (sociedades de comercialización internacional) puedan comercializar bienes de las micro, pequeñas y medianas empresas. Este decreto también menciona la vigencia de la autorización de la garantía que debe constituir la sociedad de comercialización internacional que obtenga la autorización, los beneficios que obtienen las personas jurídicas que comercialicen bienes de micro, pequeñas y medianas empresas, así como también las obligaciones que deben cumplir unas vez les sea otorgada dicha autorización.