Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Día: 4 de noviembre de 2013

Gobierno modificó retenciones de renta por compras y otros conceptos a partir de noviembre 1 de 2013

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 4 noviembre, 2013

Mediante el Decreto 2418 de oct. 31 de 2013 la tarifa para “otros ingresos” se reduce del 3,5% al 1,5% pero solo durante noviembre y diciembre de 2013, pues a partir de enero 1 de 2014 cambiará de nuevo al 2,5%. Además, para los constructores de bienes inmuebles su tarifa cambia de 1% al 2% a partir de nov. 1 de 2013. Y para todos los que vendan bienes inmuebles, a partir de nov. 1 de 2013 la retención se les puede pasar del 1% al 2,5%.

Personas naturales serán agentes de retención cuando hagan pagos a otra persona que sea empleada

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 4 noviembre, 2013

Se deben tener en cuenta aspectos cuando el cobrador de las rentas de trabajo es alguien a quien se le pagarán honorarios, comisiones, servicios o emolumentos, y pertenece al universo de los empleados. Y cuando ese cobrador no pertenece al universo de los empleados las condiciones cambian.

[La Cifra] A tener en cuenta por personas naturales

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 4 noviembre, 2013

1.400 UVT es el nivel de ingresos brutos que obligará a declarar renta a cualquier persona natural. Hasta 2012 el nivel de estos ingresos era el único criterio que hacia la diferencia entre las tres categorías de personas naturales mencionadas en los artículos 592, 593 y 594-1.

Empleados tienen derecho a que sus pagadores les resten en su retención el 10% por sus dependientes

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 4 noviembre, 2013

Pero para que se cumpla lo anterior deben reunir una serie de características. Demostrar tener como dependiente a cinco clases de personas que describimos a continuación.

Novedades en los reportes de exógena tributaria año gravable 2014 que se entregan en 2015. Parte 2

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 4 noviembre, 2013

Cumpliendo con lo indicado en el art. 139 de la Ley 1607 de 2012, y faltando dos meses para que empiece el año gravable 2014, la DIAN expidió una única resolución, la 228 de octubre 31 de 2013, en la cual se definieron las operaciones del año gravable 2014 que le deberán ser reportadas entre abril y junio del 2015 por parte de Entidades financieras, Bolsas de Valores, comisionistas de bolsa, Cámaras de Comercio, Notarios, Tipógrafos, Registraduría Nacional, Grupos empresariales y obviamente hasta por personas naturales y jurídicas contribuyentes y no contribuyentes de los impuestos nacionales. La Resolución pide nueva información que nunca antes se había solicitado y hasta cambió el tipo de archivos con los cuales se deberá entregar la información.

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