Ministerio de Protección Social. Por el cual se dictan, disposiciones para acreditar la condición de beneficiario del Régimen Contributivo mayor de 18 y menor de 25 años, en el marco de la cobertura familiar.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamentan los artículos 4 de la Ley 1314 de 2009 y 165 de la Ley 1607 de 2012.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las reglas especiales para la liquidación de negocios fiduciarios de entidades fiduciarias.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamenta el literal j) del artículo 428 del Estatuto Tributario.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el Ahorro Voluntario Contractual del Fondo Nacional del Ahorro.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 3.1.1.5.2 del Decreto 2555 de 2010 y se dictan otras disposiciones.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se adiciona un capitulo al Título 1 del Libro 28 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, relacionado con la operación de leasing habitacional destinado a la adquisición de vivienda familiar con componente de capital administrado como ahorro alargo plazo prevista en el inciso primero del articulo 37 de la Ley 1537 de 2012.
Ministerio del Trabajo. Por el cual se establece el régimen de autorización para los planes, programas y proyectos de inversión en obras y servicios sociales que desarrollen las Cajas de Compensación Familiar y se dictan otras disposiciones.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamenta el artículo 13 de la Ley 100 de 1993 y se dictan normas para la liquidación y pago de los bonos pensionales.
Ministerio de Justicia y del Derecho. Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Armonización Normativa.
Ministerio de Educación Nacional. Por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de las Universidades Estatales de Colombia y se dictan otras disposiciones.
Ministerio del Trabajo. Por el cual se establecen normas para asegurar la afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social de los conductores del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi, se reglamentan algunos aspectos del servicio para su operatividad y se dictan otras disposiciones.