El Ministerio del Trabajo recordó que el CST prohíbe realizar descuentos al salario o a las prestaciones sociales del trabajador debido al deterioro, daño o pérdida de las herramientas de trabajo, incluso si esto ocasiona pérdidas al empleador.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la Sentencia SL121 de 2024, recordó que el acatamiento de un horario no implica necesariamente la existencia de la subordinación laboral. Incluso en los contratos de prestación de servicios se pueden fijar horarios, solicitar informes e incluso establecer medidas de supervisión como actos de coordinación para la ejecución del contrato.
El Ministerio del Trabajo conceptuó sobre la hora de almuerzo y explicó que el descanso intermedio del artículo 167 del CST, que divide la jornada de trabajo en dos secciones, no se computa en la jornada laboral y, por lo tanto, no es un tiempo de descanso remunerado.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la Sentencia SL049 de 2024, recordó que la base de cotización al sistema de seguridad social para el salario integral no se calcula con el promedio salarial anual, sino mensualmente. Esto se debe a que los aportes o cotizaciones al sistema están basados en la prestación del servicio y el salario real devengado.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la Sentencia SL138 de 2024, determinó que para calcular el número de semanas cotizadas para la pensión de un ciudadano, se deben considerar los días reales del calendario. Esto implica que el mes ya no se considera con 30 días ni el año con 360 días, sino con los días efectivamente trabajados.
Por medio del Decreto 2293 del 29 de diciembre de 2023, el presidente de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, decreta el auxilio de transporte para el año 2024 en la suma de ciento sesenta y dos mil pesos ($162.000), el cual rige a partir del 1 de enero de 2024.
Por medio del Decreto 2292 del 29 de diciembre de 2023, el presidente de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, decreta el salario mínimo legal mensual vigente para el año 2024 en la cifra de un millón trescientos mil pesos ($1.300.000), el cual rige a partir del 1 de enero de 2024.
El Ministerio del Trabajo aclaró que los empleadores no pueden aumentar el tiempo de la hora de almuerzo para dar cumplimiento a la reducción de la jornada laboral, pues el propósito de la Ley 2101 de 2021 es proporcionar a los trabajadores más tiempo libre para su bienestar y disfrute personal.
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Decreto 2126 de 2023, mediante el cual se establecen las condiciones para el reconocimiento y pago de las licencias parentales en sus diferentes modalidades, aquellas derivadas del proceso de gestación y la licencia para el cuidado de la niñez.
Consejo de EstadoSentencia 053201Octubre 11 de 2023 La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que los rentistas de capital con capacidad de pago, en calidad de trabajadores independientes, están obligados a realizar aportes al sistema general de seguridad social en salud y pensiones. Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que los empleadores contratantes son solidariamente responsables por el pago de las acreencias laborales de los empleados de los contratistas, siempre que las actividades desarrolladas por ambos sean afines, conexas o similares, a menos que se trate de labores extrañas a las actividades normales de su empresa.
Ministerio del TrabajoConcepto 62626Noviembre 14 de 2023 El Ministerio del Trabajo precisó que los empleadores, en el ejercicio de la libertad empresarial, tienen la facultad de implementar códigos de vestuario con el objetivo de mejorar la calidad en la ejecución de las actividades laborales, siempre y cuando respeten los derechos de los trabajadores. Para descargar […]