En ocasiones uno de los principales inconvenientes para que un trabajador acepte a su empleador un cambio de ciudad, es pensar en los gastos que esto traerá; sin embargo, cuando el empleador solicita dicho cambio debe asumir el valor de la mudanza y demás valores que tal situación acarree.
El Ius Variandi está tanto en el sector público como en el privado, pero respecto al traslado de lugar de labores, se aplica distinto pues en uno puede ser impuesto y en el otro se exige consentimiento del trabajador. Además, la tutela sólo procede en el sector público en casos muy específicos.