A través de comunicado de prensa, la Dian confirmó que desde el 2 de agosto de 2019 la declaración de equipaje y divisas –formulario 530– solo deberá ser presentada por los viajeros internacionales que cumplan ciertos requisitos. Lo anterior, con ocasión del Decreto 1165 de julio 2 de 2017.
La Dian presentó un borrador de norma, con el cual busca que este documento solo tenga que ser presentado en casos puntuales.
DIAN. En la cual se definen las modalidades de ingreso y salida del país de dinero en efectivo y de títulos representativos de dinero y se señalan los formularios de declaración de tales movimientos.