Declarantes de IVA podrían llegar a tener tres diferentes periodicidades para presentar sus respectivas declaraciones. En el caso de los declarantes anuales, en todos los casos deben hacer dos anticipos antes de la presentación, uno en mayo y otro en septiembre.
La nueva tarifa de retención de IVA que aplica desde enero de este año para todos los casos es del 15%, y solo se aplicará la del 100% para los casos especiales como son: pago de servicios gravados a personas o entidades no domiciliadas en Colombia, venta de ciertas chatarras a una siderúrgica y venta de tabaco en rama y sus desperdicios a una empresa tabacalera.