Los contribuyentes pueden deducirse o descontarse en renta los valores por inversiones o donaciones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación; no obstante, para aplicar dichos beneficios por el año gravable 2017 deben atender los montos máximos fijados en el Acuerdo 16 de 2016.
Mediante el Acuerdo 18 de diciembre 28 de 2017, se establecieron los montos máximos que las empresas pueden deducirse o descontarse en el año gravable 2018 por haber realizado inversiones o donaciones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación conforme a los artículos 158-1 y 256 del ET.