La Resolución 000070 de 2019 de la Dian contiene las instrucciones para la presentación de la información exógena por el año gravable 2020. En este editorial te presentamos un resumen detallado de cada uno de los cambios que se presentan en los formatos solicitados.
Los requerimientos de información exógena introducidos por la Resolución 000070 de octubre 28 de 2019 no son menores; en pasados editoriales analizamos al menos 30 novedades. En el presente análisis nos referiremos a los datos especiales sobre renta e IVA que fueron solicitados por la Dian.
La Dian expidió la Resolución 000070 de 2019, en la que incluye varios cambios respecto del reporte de la información exógena, entre ellos la forma de evaluar cuándo una persona natural y jurídica está obligada a presentarla. En este editorial destacamos cada uno de ellos.
A través de la Resolución 000070 del 28 de octubre de 2019 la Dian solicitó la información exógena del año gravable 2020, asumiendo que en dicho año seguirán existiendo conceptos como el de las rentas exentas de la economía naranja y otros que solo estaban contemplados en la caída Ley 1943 de 2018.
Si el Congreso no produce una nueva ley que reemplace a la 1943 antes del 31 de diciembre, en 2020 revivirá la tributación que existía al cierre de 2018 y se afectarían las dos resoluciones que la Dian debe expedir en octubre de 2019 para solicitar la exógena y prescribir los formatos 2516 y 2517.
Así lo dispuso el artículo 40 de la Resolución 11004 de octubre 29 de 2018. El nuevo formato 2575 v.1 contendrá la información básica de las personas naturales o jurídicas que durante 2019 hayan efectuado donaciones a iglesias, partidos políticos y demás entidades no contribuyentes de renta.
La Resolución 011004 de 2018 dispuso que en el formato 1001 del año gravable 2019 ya no se utilizará el concepto 5243 para reportar los dividendos o participaciones que las sociedades comerciales distribuyan a sus socios o accionistas. Tal código será reemplazado por los que van del 5068 al 5071.
A continuación se presenta un modelo del certificado que se expediría a socios o accionistas por el 2018, con el cual se daría cumplimiento a lo indicado en el parágrafo 1 del artículo 1.6.1.13.2.40 del DUT 1625 de octubre de 2016 (modificado con el Decreto 2442 de diciembre 27 de 2018).
A pesar de que la Resolución 000060 de 2017 fue modificada por la Resolución 000045 de 2018, los plazos para presentar la información exógena del año gravable 2018 continúan siendo los mismos, entre abril y junio de 2019 los sujetos obligados deberán presentar este reporte. En este editorial exponemos lo plazos con detalle.
Con la Resolución 011004 de octubre 29 de 2018, la Dian establece quiénes serán los obligados a entregar la información exógena tributaria del año gravable 2019 y el tipo de información que deberán suministrar. En este editorial se enumeran las principales novedades encontradas.
A través de la Resolución 011004 de octubre 29 de 2018, la Dian definió quiénes serán los obligados a entregar información exógena tributaria del año gravable 2019 y el tipo de información que deberán suministrar, tarea que la mayoría de reportantes deberá cumplir durante el año 2020.
La Dian dio a conocer el proyecto de resolución por el cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Dian por el año gravable 2019; se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.