El reporte de información exógena es un conjunto de datos que tanto personas naturales como jurídicas se encuentran obligadas a entregar periódicamente a la Dian, de acuerdo con las especificaciones solicitadas por la administración tributaria respecto a las operaciones realizadas con terceros.
Mediante un proyecto de resolución publicado el 6 de mayo de 2021, la Dian modificaría los plazos para la presentación del reporte de información exógena correspondiente al período gravable 2020.
Dian expide la Resolución 000038 de 2021, mediante la cual se modifica parcialmente la Resolución 000070 de 2019 para ampliar los plazos para la entrega del reporte de información exógena del año gravable 2020 de las personas naturales y jurídicas no calificadas como grandes contribuyentes.
De esta manera, los plazos ya no vencerán entre el 11 de mayo y el 9 de junio de 2021 como lo contemplaba inicialmente el artículo 45 de la Resolución 000070 de 2019, sino entre el 25 de mayo y el 16 de junio de 2021.
En mayo de 2021 iniciarán plazos para cumplir con obligaciones tributarias como la presentación del reporte de exógena, el segundo anticipo bimestral del SIMPLE y la declaración y pago de la primera cuota del impuesto al patrimonio.
Te presentamos aspectos importantes respecto a estas obligaciones.
¿Cuál es la novedad que se detecta en el texto del artículo 47 de la Resolución 000070 de 2019 en relación con las sanciones aplicables al suministro de información exógena año gravable 2020?
¿Los supermercados de cadena pueden utilizar el concepto 4014 del formato 1007 para reportar en exógena del año gravable 2020 los ingresos recaudados con tarjetas de regalo?
¿Qué novedad importante se introdujo en el formato 1022 v.9 del año gravable 2020 para el reporte de los fondos de pensiones voluntarias y cómo le servirá esa nueva información a la Dian para auditar las declaraciones de renta de las personas naturales?
¿Qué cuidados importantes deben tener los contribuyentes del régimen simple si primero se les vencerá el plazo para presentar la exógena del año gravable 2020 y luego el plazo para presentar su declaración anual del SIMPLE en el formulario 260?
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, resuelve inquietudes relacionadas con las novedades presentadas en los 54 formatos de la información exógena para el año gravable 2020.
Si un contribuyente tiene una ineficacia en las declaraciones, ¿no puede presentar la información exógena hasta que solucione esa situación?
¿Las empresas de giros también deberán elaborar por el año gravable 2020 el formato 1647 por ingresos recibidos para terceros?
La información exógena del año gravable 2020 fue solicitada mediante la Resolución 000070 de 2019, posteriormente modificada por la Resolución 000023 de 2021.
El artículo 1 de la Resolución 000070 señala cuáles son los contribuyentes que se encuentran obligados a presentar este reporte.