Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exógena, anticipo del SIMPLE e impuesto al patrimonio: obligaciones que vencerán en mayo de 2021


Exógena, anticipo del SIMPLE e impuesto al patrimonio: obligaciones que vencerán en mayo de 2021
Actualizado: 30 abril, 2021 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Presentación y pago del segundo anticipo bimestral del SIMPLE
  • Presentación y pago de la primera cuota del impuesto al patrimonio
  • Reporte de información exógena a cargo de personas naturales y jurídicas
  • Declaración cuatrimestral y bimestral del IVA

En mayo de 2021 iniciarán plazos para cumplir con obligaciones tributarias como la presentación del reporte de exógena, el segundo anticipo bimestral del SIMPLE y la declaración y pago de la primera cuota del impuesto al patrimonio.

Te presentamos aspectos importantes respecto a estas obligaciones.

“Entre el 10 y el 24 de mayo de 2021, los contribuyentes del régimen simple de tributación deberán presentar y pagar el segundo anticipo bimestral correspondiente al bimestre marzo-abril de 2021”

Al iniciar mayo de 2021 será importante prepararnos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias que tendrán lugar durante este mes, entre ellas destacamos:

Presentación y pago del segundo anticipo bimestral del SIMPLE

Entre el 10 y el 24 de mayo de 2021, los contribuyentes del régimen simple de tributación deberán presentar y pagar el segundo anticipo bimestral correspondiente al bimestre marzo-abril de 2021, de acuerdo con el último dígito de NIT registrado en el RUT (ver nuestro liquidador Plantilla en Excel para la declaración de anticipos bimestrales en 2021 – régimen simple).

Este anticipo deberá ser presentado mediante el formulario 2593. Sin embargo, el desembolso deberá realizarse mediante un recibo oficial de pago –formulario 490–.

Recordemos que, mediante la Resolución 000025 de marzo 19 de 2021, la Dian prescribió el nuevo formulario 2593 para la presentación de los anticipos del año gravable 2021 (ver nuestro editorial Régimen simple: prescrito formulario 2593 para anticipos bimestrales durante 2021).

Presentación y pago de la primera cuota del impuesto al patrimonio

De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.53 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1680 de 2020, los contribuyentes sujetos al impuesto al patrimonio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 292-2 del Estatuto Tributario –ET– deberán presentar y pagar la primera cuota del impuesto en mención a más tardar entre el 10 y el 24 de mayo de 2021, atendiendo el último dígito del NIT registro en el RUT.

Así pues, el valor de la primera cuota corresponderá al 50 % del impuesto al patrimonio a cargo, determinado de conformidad con las indicaciones previstas en los artículos 292-2, 295-2 y 296-2 del ET (ver nuestro editorial Formulario virtual 420 para impuesto al patrimonio 2021 fue ajustado por la Dian).

TAMBIÉN LEE:   Dian prescribió el formulario 260 para el año gravable 2023

Reporte de información exógena a cargo de personas naturales y jurídicas

Según el artículo 45 de la Resolución 000070 de 2019, modificado por la Resolución 000038 de 2021, el reporte de información exógena a cargo de las demás personas naturales y jurídicas deberá ser presentado a más tardar entre el 25 de mayo el 16 de junio de 2021, de acuerdo con los últimos dos dígitos del NIT (ver nuestro editorial Exógena 2020: por afectación del orden público amplían plazos para su presentación).

Cabe destacar que el 12 de marzo de 2021 la Dian expidió la Resolución 000023 mediante la cual incorporó en la Resolución 000070 de octubre de 2019 solo algunos de los múltiples ajustes anunciados con el proyecto de resolución publicado el 26 de enero de 2021, descartando en especial la modificación al listado de conceptos de los formatos 1001 y 1011 (ver nuestro editorial Exógena año gravable 2020: Dian introduce ajustes con su Resolución 000023 de marzo 12 de 2021).

Declaración cuatrimestral y bimestral del IVA

Entre el 10 y el 24 de mayo de 2021 los responsables del IVA, cuyos ingresos sean inferiores a 92.000 UVT, deberán presentar sus declaraciones cuatrimestrales correspondientes al período enero-abril de 2021.

En estas mismas fechas los responsables del IVA, cuyos ingresos sean superiores a 92.000 UVT, deberán presentar la respectiva declaración bimestral del período marzo-abril de 2021 (ver nuestro editorial Corrección de declaración de IVA presentada en período equivocado).

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