Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: límite para deducción de pagos realizados en efectivo

Oficio 029787 de 02-11-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 2 noviembre, 2017

La DIAN precisa que el artículo 307 de la Ley 1819 de 2016, que modificó parcialmente el artículo 771-5 del ET, el cual trata sobre los medios de pago para efectos de la aceptación de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables, rige a partir del año gravable 2018. A partir de ello, los pagos en efectivo que se realicen a partir de esa fecha, podrán tener reconocimiento fiscal como costos, pasivos o impuestos descontables en los porcentajes y conceptos allí señalados. Cabe señalar que el parágrafo transitorio del artículo 771-5 del ET, regula los eventos de años gravables anteriores y año gravable 2017, y le otorga un mayor reconocimiento fiscal a los contribuyentes que realicen los pagos en efectivo dentro del período establecido en la norma; en tanto, este asciende al 100% de dichos pagos, limitando su reconocimiento a aquellos que cumplan con los demás requisitos prescritos en las disposiciones vigentes. Esto es, siempre que tengan relación de causalidad con las actividades productoras de renta.

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