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Etiqueta: normas irrenunciables

Concepto 17107937 de 05-06-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 5 junio, 2017

Las normas de protección al consumidor tienen carácter de orden público, y se consideran como normas especiales por regular un asunto específico, por lo que tendrán que aplicarse con prelación a las normas generales, como lo son las contenidas en el Código Civil o en el Código de Comercio, siempre que se trate de relaciones de consumo. Cabe señalar que las normas especiales de protección al consumidor contenidas en la Ley 1480 de 2011 tienen carácter de irrenunciables, por lo que cualquier estipulación en contrario se tendrá por no escrita. Cuando no se trate de relaciones de consumo, sino de asuntos de carácter contractual, regidos por la ley civil o la ley comercial, no es posible aplicar la norma de consumidor, por lo tanto, la situación escaparía de las atribuciones de la Superintendencia de Industria y Comercio. Las controversias a este respecto deberán ser resueltas ante la justicia ordinaria o mediante los métodos alternativos de solución de conflictos.

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