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Etiqueta: Oficio 220-170403 de 2017

Oficio 220-170403 de 04-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 4 agosto, 2017

La Supersociedades señala que la enajenación de activos hace referencia a un mecanismo de integración que se logra a través de una acción de reorganización societaria en la cual la compañía transfiere una parte o la totalidad de sus activos y/o pasivos y por esto recibe a cambio dinero o acciones de la empresa que los adquiere, en este último caso, la operación de intercambio conlleva a que la sociedad adquirente consolide su patrimonio con el de la sociedad vendedora, la que subsiste como inversionista con un único activo representado en las acciones que reciba como pago. Ahora bien, en uno u otro caso la enajenación de activos y pasivos puede hacerse en forma total o parcial, sin que en el primer evento la sociedad deje de existir. Si embargo, la operación puede recaer sobre un activo o un pasivo en particular y no necesariamente sobre un conjunto patrimonial de activos y pasivos, pero basta que la negociación supere el 50 % del patrimonio líquido de la compañía en la fecha de la enajenación para que se configure la enajenación global de activos.

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