Las Esal son personas jurídicas legalmente constituidas cuyos aportes, utilidades o excedentes no son reembolsados, ni distribuidos bajo ninguna modalidad.
Estas entidades pueden solicitar su calificación en el régimen tributario especial, siempre que cumplan los requisitos del artículo 19 del ET.
¿Quiénes se encuentren en el régimen tributario especial están obligados a presentar conciliación fiscal del año gravable 2021?
La Dian modificó el plazo para presentar la actualización de registro web y la memoria económica.
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¿Los empleadores pertenecientes al régimen tributario especial pueden aplicar al incentivo para la creación de nuevos empleos?
¿En qué consiste la memoria económica que deben entregar las entidades pertenecientes al régimen tributario especial en el año 2022?
¿Cuándo se vence la oportunidad para acogerse a los beneficios del régimen Zese?
Si una Esal tiene actividades meritorias para calificar en el régimen tributario especial, pero a su vez tiene establecimientos de comercio registrados ante una cámara de comercio, ¿cómo presenta su declaración de renta? ¿Con una tarifa por las actividades meritorias y otra para las que no lo son?
Dentro de las personas jurídicas están las entidades sin ánimo de lucro –Esal–, que a su vez se clasifican desde el punto de vista del impuesto de renta. Por ejemplo, están las que pertenecen al régimen tributario especial, que son las mencionadas en los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario.
A más tardar el 28 de febrero de 2022, deberá presentarse la declaración del impuesto de normalización tributaria por parte de aquellos contribuyentes que posean activos omitidos o pasivos inexistentes al 1 de enero de 2022, siempre y cuando hayan cumplido con el pago del respectivo anticipo.
¿Si un contribuyente del régimen ordinario obtuvo una pérdida líquida en el año gravable 2021, puede en todo caso tomarse el descuento tributario por donaciones del artículo 257 del ET por haber realizado donaciones a una Esal del régimen especial durante el año 2021?