Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: renta exenta por cultivos de tardío rendimiento

Oficio 020909 de 04-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 4 agosto, 2017

La Dian recuerda que, en concordancia con la Ley 939 de 2004, la renta líquida generada por el aprovechamiento de cultivos de tardío rendimiento se considera exenta siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos en la ley. Cabe señalar que la exención que otorga la ley es por motivo de las plantaciones de cultivos, es decir, frente a la actividad desarrollada y no quien la desarrolla.

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