¿El esquema de los costos presuntos establecidos por la UGPP tiene aplicabilidad en los trabajadores independientes con contratos de prestación de servicios? En este caso, ¿se pueden imputar costos por encima de los presuntos?
Mediante la Resolución 209 de 2020, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– estableció el sistema de presunción de costos según la actividad económica, para trabajadores independientes cuenta propia y aquellos con contrato diferente al de prestación de servicios que impliquen subcontratación y/o compra de insumos o expensas.