Las personas naturales obligadas y no obligadas a llevar contabilidad que posean acciones o cuotas en sociedades comerciales deben reportarlas en la declaración de renta por su costo fiscal. Opcionalmente pueden incrementar dicho costo fiscal con el reajuste fiscal que para el 2015 quedó establecido en 5,21%.
El valor patrimonial es el valor por el cual deben ser denunciados fiscalmente, en cualquiera de los cuatro formularios de la declaración de renta, los activos y pasivos tanto de las personas naturales o sucesiones ilíquidas obligadas a llevar contabilidad como de las no obligadas.
Independientemente de si se trata de acciones o cuotas en sociedades nacionales o extranjeras, o si cotizan o no en bolsa, las acciones y/o cuotas que una persona jurídica posea en otras se deben declarar por su costo fiscal.