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¿Las entidades del régimen especial siguen exoneradas de liquidar anticipo al impuesto de renta?
¿Qué requisitos se deben cumplir para que las entidades del régimen especial del artículo 19 del ET puedan restar como exento su «excedente» o «utilidad fiscal»?
¿Cuáles son las inversiones que las entidades del régimen especial del artículo 19 del ET pueden deducir en su declaración anual de renta?
¿Las entidades del régimen tributario especial están sujetas al cálculo de la tasa mínima de tributación del artículo 240 del ET?
¿Cuándo vencerá el plazo del año 2025 para que las entidades del régimen tributario especial cumplan con la tarea de actualizar los datos de su «registro web»?
¿Cuáles son las normas tributarias vigentes que se deben estudiar para el cierre fiscal del año gravable 2025 por parte de las entidades del régimen tributario especial?
¿Qué impacto tiene el aumento del salario mínimo en las provisiones para el pago de prestaciones sociales y vacaciones?
¿Qué impacto tiene el aumento del salario mínimo en el pago de aportes a seguridad social?
¿El salario integral tiene alguna modificación con el aumento del SMLMV?
¿Los trabajadores que devenguen más de un SMLMV se les tiene que hacer aumento?
¿Cuál es el monto del patrimonio líquido fiscal a enero 1 de 2025 que obligaría a la presentación de la declaración del impuesto al patrimonio?
Ministerio del TrabajoDecreto 1573Diciembre 24 de 2024 Por medio del Decreto 1573 del 24 de diciembre de 2024, el presidente de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, decreta el auxilio de transporte para el año 2025 en la suma de doscientos mil pesos ($200.000), el cual rige a partir del 1 de enero. Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí