Por medio del cual se reglamentan parcialmente la Ley 633 de 2000 y el Estatuto Tributario.
Por medio del cual se reglamenta el artículo 579-2 del Estatuto Tributario.
Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones
Conforme a lo dispuesto en los artículos 83, 84, 85 y 86 de la Ley 222 de 1995, y el artículo 2º del Decreto 1080 de Junio 19 de 1996, así como en el Decreto 3100 del 30 de diciembre de 1997, corresponde a la Superintendencia de Sociedades ejercer la inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, sucursales extranjeras y empresas unipersonales, en los términos establecidos en las mencionadas disposiciones. Con base en los mismos la Entidad esta facultada para «solicitar, confirmar y analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de Cualquier Sociedad» salvo aquellas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria.
Radicación de documentos
SOLICITUD DE INFORMACION FINANCIERA DEL AÑO 2000
Por medio del cual se reglamentan los artículos 51 y 100 de la Ley 633 de 2000.
Ministerio de Hacienda. Por medio del cual se reglamentan los artículos 392 y 401 del Estatuto Tributario.
Supuestos y Requisitos para solicitar la promoción de un acuerdo de reestructuración.
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 8750 de octubre 27 de 2000 sobre la información a que se refiere el artículo 631 del Estatuto Tributario, que deben presentar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
«POR MEDIO DE LA CUAL SE FIJAN LOS PLAZOS PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES PRIVADAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER TRIBUTARIO»
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con base en los datos suministrados por la Superintendencia Bancaria y el Banco de la República y considerando