¿En qué consiste el método de medición del costo-depreciación-deterioro y en qué casos puede ser utilizado por una pyme?
Una entidad del Grupo 2 accedió a un software contable tipo ERP que es libre, pero cuyos costos de implementación son significativamente elevados; ¿cómo debe reconocer el software y los costos asociados a su puesta en marcha?
Una entidad que aplica por primera vez los Estándares Internacionales de Información Financiera para Pymes, puede medir sus propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión o activos intangibles a la fecha de transición, utilizando el valor arrojado por la revaluación de las cifras anteriormente reconocidas.
Cuando se realiza el costeo de un producto manufacturado, la depreciación de la maquinaria que es usada en el proceso productivo hace parte de los costos indirectos de fabricación. En el caso de una empresa en donde la maquinaria ha sido totalmente depreciada (supera 10 años de uso), ¿cómo sería el tratamiento contable para reconocer esa depreciación si la maquinaria sigue en uso y es indispensable para la empresa?
¿Una persona jurídica que hace parte de un consorcio puede soportar sus costos con facturas que se encuentran a nombre del consorcio? De no ser así, ¿de qué manera puede soportar dichos costos?
En entidades del Grupo 1, ¿cómo deben valuarse los inventarios, teniendo en cuenta el costo de adquisición o producción, o calculando el residuo de precio de venta estimado menos costos de terminación y venta?
Como arrendatario de un local comercial se realizaron adecuaciones que fueron reconocidas contablemente; el centro comercial se dice dueño de esas adecuaciones (pisos, fachadas, etc.); ¿cómo valora esto el centro comercial sin tener los costos de adecuación?
Los inventarios son una de las partidas generalmente más significativas en las entidades comercializadoras e industriales; la entrada en vigencia del Estándar Internacional trajo consigo algunas particularidades a tener en cuenta a la hora de medirlos para su inclusión en los estados financieros.
En un contrato de mandato, ¿el mandante se encuentra obligado a registrar en su contabilidad todos los costos y gastos generados en el desarrollo del contrato, solo cuando el mandatario certifica dichos costos y gastos?
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Determinación de costos directos de una EPS.
En los contratos de mandato, es el mandante quien puede tomar como deducibles los costos y gastos generados en dicho contrato; sin embargo, para la procedencia de la deducción de tales costos y gastos, es necesario que se hayan practicado las retenciones en la fuente correspondientes sobre los mismos.
¿El mandante puede hacer uso de los costos y deducciones a pesar de que el mandatario no haya pagado oportunamente o haya dejado de pagar algunas retenciones e impuestos relativos a estos costos y deducciones?