A través del Decreto 461 de 2020, el Ministerio de Hacienda faculta a los gobernadores y alcaldes para que reorienten las rentas de destinación específica de sus entidades territoriales, con el fin de llevar a cabo las acciones necesarias para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19.
Por tanto, para la reorientación de recursos en el marco de la emergencia sanitaria no será necesaria la autorización de las asambleas de departamentos o consejos municipales. Sin embargo, estos recursos únicamente podrán estar reorientados a la atención de los gastos necesarios para enfrentar las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia económica, social y ecológica.
Adicionalmente, tanto alcaldes y gobernadores tendrán la facultad de realizar adiciones, modificaciones, traslados y demás operaciones presupuestales a que haya lugar.
A través del Decreto 458 de 2020, el Ministerio de Hacienda adoptó medidas para los hogares en condición de pobreza en el territorio nacional, dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica generada por la pandemia del coronavirus (COVID-19).
Así pues, considerando que la compensación del IVA de que trata el artículo 21 de la Ley 2010 de 2019 se encuentra entre las medidas tratadas en el Decreto 417 de 2020 como una medida que debe ser modificada con el fin de lograr su implementación expedita para mitigar la vulnerabilidad económica de los hogares en condición de pobreza en el territorio nacional, se estableció que el Departamento Nacional de Planeación –DNP– será el encargado de expedir la resolución con el listado de beneficiarios de la compensación. No obstante, será el Consejo Superior de Política Fiscal –Confis– el encargado de dirigir la política fiscal, coordinar el sistema presupuestal y determinar el monto de la compensación.
A raíz de la declaratoria de emergencia sanitaria emitida por la rápida expansión del coronavirus (COVID-19) en Colombia, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo redujo temporalmente el arancel de aduanas al cero por ciento (0 %) para la importación de algunos medicamentos y dispositivos médicos, reactivos químicos, artículos de higiene y aseo, al igual que insumos, equipos y materiales requeridos para el sector agua y saneamiento básico.
Dicha medida regirá hasta por el término de seis (6) meses; vencido este plazo, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones.
Por el cual se prohíbe la exportación y la reexportación de productos necesarios para afrontar la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus (COVID-19), se dictan medidas sobre su distribución y venta en el mercado interno y se adiciona el Decreto 410 de 2020, que modificó el arancel de aduanas para la importación de productos necesarios para afrontar la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.
Solicitudes de empleadores para suspender contratos o realizar despidos colectivos serán remitidas a la unidad encargada de esto en Bogotá, y será la única autorizada para estudiar peticiones.
Comisión Tercera del Senado le solicitó al gerente del Banco de la República, Juan José Echavarría, adoptar las medidas conjuntas con el Ministerio de Hacienda y la Superfinanciera. El presidente de la Comisión Tercera del Senado, David Barguil, reveló el texto completo de una carta que dirigió al gerente general del Banco de la República, […]
A través del Decreto 435 del 19 de marzo de 2020, la Dian establece nuevos cambios para el plazo y pago de impuestos por parte de grandes contribuyentes y personas jurídicas no contribuyentes.
También hay cambios para responsables del IVA e impuesto nacional al consumo.
Ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, ha dicho que ninguna de las direcciones territoriales del ministerio podrá autorizar despidos de empleados. El Ministerio de Trabajo, a través de la Resolución 803 del 20 de marzo de 2020, indica que las solicitudes que lleguen en ese sentido serán remitidas a la Unidad de Investigaciones Especiales de […]
Vigencia del reconocimiento e inscripción de estos usuarios aduaneros se prorroga hasta el 31 de mayo de 2020 y se extenderá mientras se mantenga la declaratoria de la emergencia sanitaria.
La Superfinanciera y entidades financieras confirmaron que, durante los simulacros de cuarentena que se realicen por la emergencia del COVID-19, garantizarán a sus clientes el acceso a sus servicios de manera normal. Los diferentes canales de atención como cajeros automáticos, call center, datáfonos, páginas web, aplicaciones móviles, sistemas de audio-respuesta, corresponsales bancarios y oficinas físicas, […]
Se trata de una medida de solidaridad con los empresarios de todo el país, ante la emergencia económica y social declarada para atender la situación generada por el Covid-19.
Lisandro Junco, director de ingresos de la Dian, explica los cambios en los plazos que contiene el calendario tributario 2020 y que los contribuyentes deberán tener presente.
Gobierno Nacional reglamentó mediante el Decreto 401 del 13 de marzo de 2020, las modificaciones que introdujo la Ley 2010 de 2019.