Gobierno Nacional ya cuenta con casi $15 billones de las reservas del Estado y se podría acudir a un máximo de $48 billones si la situación lo amerita.
Ministro del Trabajo invitó a empleadores para que agoten opciones como las vacaciones normales, las colectivas y la nueva figura, de las vacaciones anticipadas remuneradas.
Gobierno Nacional tomó la decisión de clausurar temporalmente establecimientos de ocio, baile y entretenimiento para prevenir transmisión del COVID-19.
La Superfinanciera expidió tres circulares para aliviar la carga financiera de los deudores afectados económicamente por el COVID-19.
La entidad también busca garantizar la prestación de los servicios financieros en Colombia y flexibilizar algunos requerimientos.
Como medida de prevención frente a la propagación y contagio del COVID-19 no pueden llevarse a cabo reuniones donde participen más de 50 personas. Por lo tanto, las asambleas y juntas de socios deberán realizarse virtualmente. El Mincomercio determinó las medidas que deberán tomarse para el efecto.
Con la Resolución 000022 de 2020, la Dian tomó la decisión de suspender los términos en los procesos y actuaciones administrativas, en materia tributaria, aduanera y cambiaria.
A través de la Resolución 453 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adopta como medida sanitaria preventiva del COVID-19 la clausura de los establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento, diversión, baile, entretenimiento, entre otros.
A su vez, determina que los establecimientos de comercio que presten servicios de comida y bebidas deberán suspender la atención presencial al público, no obstante, podrán continuar con la prestación de sus servicios a través del comercio electrónico y entregas a domicilio.
JCC suspendió labores en la sede principal y oficinas seccionales, desde el 17 al 27 de marzo de 2020, además de otras disposiciones.
Se tenía previsto comenzar un programa piloto en enero del próximo año, sin embargo, se hará desde abril de este año, pensando en devolver recursos a cerca de un millón de colombianos.
A través del Decreto 419 de 2020, el Ministerio de Hacienda reglamentó el artículo 21 de la Ley 2010 de 2019, en relación con la compensación del IVA para la población más vulnerable, estableciendo, para tal efecto, los criterios para la focalización de los hogares beneficiados, así como los aspectos relacionados con la transferencia de los recursos.
Así pues, el decreto señala que el monto de la compensación será girado bimestralmente a través del sistema que el Ministerio de Hacienda defina para tal efecto. No obstante, podrán ser utilizados los sistemas de transferencia de recursos del programa de Familias en Acción del Departamento para la Prosperidad Social, del programa de protección social al adulto mayor, Colombia Mayor, o cualquier otro mecanismo de asistencia que promueva la inclusión financiera.
La Alcaldía de Bogotá determinó un par de medidas alrededor del pago del impuesto predial para los habitantes de la capital colombiana.
A través de la Resolución 000022 de 2020, la Dian anunció la suspensión, entre el 19 de marzo y el 3 de abril de 2020, de los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, a razón de la declaratoria de emergencia sanitaria por el coronavirus (COVID-19).
Lo anterior, con el propósito de garantizar la salud de funcionarios y usuarios de la administración, como medida de prevención.