Hemos creado este compilatorio especial con 5 formatos en Excel para enseñarte de manera práctica la forma correcta de liquidar las diferentes sanciones ante la Dian, así como el procedimiento tributario que debes tener en cuenta para determinar el monto de cada sanción.
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Mediante la Resolución 001255 de 2022, la Dian señaló el contenido y las características del reporte de información exógena del año gravable 2023, la cual deberá entregarse durante 2024.
Los plazos para presentar esta información se encuentran en el artículo 46 de la mencionada resolución.
Si una persona natural quedó obligada a presentar su declaración de renta porque su reporte de información exógena presenta inconsistencias (como ingresos incorrectos), deberá comunicarse directamente con la entidad informante para que realice dicha corrección.
Conoce más detalles aquí.
En el formato 2276 versión 4 para reportar pagos laborales de exógena año gravable 2022, ¿en qué casos debe diligenciarse la nueva columna “valor ingreso laboral promedio de los últimos 6 meses”?
Si un contribuyente debe realizar varias correcciones en diferentes formatos de información exógena y por la densidad de la corrección debe ir subiendo los reportes a lo largo de una semana, ¿cómo se calcula la sanción? ¿Sería una sola sanción por corrección total o una por todos los formatos corregidos cada día?
¿Cuáles son los formatos de información exógena del año gravable 2022 que deberán presentar los contribuyentes personas naturales que por el año gravable 2022 solo cumplieron con el requisito de ser retenedores en la fuente?
En esta conferencia, Paola Rojas recuerda quiénes están obligados a presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2022. Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales. Las entidades vigiladas por la Superfinanciera, las cooperativas […]
Con la Resolución 000052 de marzo 30 de 2023 se modifica y adiciona parcialmente la Resolución 000124 de 2021, con la cual se solicitó la exógena del año gravable 2022.
¿Qué reducciones podrían aplicarse a la sanción de exógena por no suministrar la información establecida en el literal “a” del numeral 1 del artículo 651 del ET? ¿Esta sanción la liquida el contribuyente o la Dian?
¿Cuáles serían los formatos de información exógena del año gravable 2022 que les correspondería presentar a quienes solo fueron agentes de retención durante el 2022?
Aquí encontrarás los 5 anexos en Excel del Libro Blanco Reporte de información exógena: obligados, plazos, formatos, conceptos e instrucciones para su presentación ante la Dian, por el año gravable 2022, en su 4.ª edición, además de los cambios normativos posteriores a su publicación.
La Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 redujo las tarifas del régimen sancionatorio aplicable a la información exógena. Con la 4.ª edición de este libro blanco no tendrás que preocuparte por calcular dichas sanciones. ¡Aquí tendrás todo lo que necesitas!