Todos los bienes movibles o inventarios deben ser declarados por su costo fiscal a diciembre 31 de 2013. El valor patrimonial de los bienes raíces depende si la persona natural o sucesión ilíquida está obligada a llevar contabilidad o no.
Hay que observar los que dice el art. 300 del E.T. Se debe determinar la diferencia entre el precio de enajenación y el costo fiscal del activo.
El Pronunciamiento 306 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública confirmó que la diferencia en cambio en NIIF Plenas no hace parte del costo de adquisición del inventario, luego afecta directamente los resultados del periodo.
Punto de partida para la contabilización según las NIIF, en el cual cada entidad debe elaborar y presentar un estado de situación financiera conforme a las NIIF en la fecha de transición que le corresponde según el grupo al que pertenezca.
Es un impuesto que se tiene por pagar o recuperar en períodos de tiempo futuro. Se origina por el reconocimiento de ingresos, costos y gastos para efectos tributarios en períodos diferentes de los utilizados para propósitos contables.
Tener en cuenta que los estándares internacionales denominados NIIF plenas, comprenden tanto las NIC (IAS) como las NIIF (IFRS), en caso de las NIIF para Pymes se clasifican en secciones y en el marco técnico normativo para microempresas se dividen en capítulos.
¿Cuándo contabilizo la venta de inventarios con costos distintos en NIIF y local debo contabilizar el impuesto diferido?
Si dentro de su inventario tiene bienes muebles que al momento de adquirirlos le generaron IVA, y piensa revenderlos, pues estos deben generar IVA.
Esta conferencia hace parte de la Unidad 3 – Reconocimiento y medición de pasivos y patrimonio e ingresos, del Ciclo de Talleres de aplicación práctica de las NIIF para Pymes que se transmitió en Octubre de de 2012.
Concepto Supersociedades 115-049362 de octubre 10 de 2007. No hay norma que obligue a llevar el libro de inventarios y balances, pero si alguien decide llevarlo entonces lo debe hacer con máximo detalle (a nivel de auxiliar).
A pesar que la Supersociedades y el Consejo Técnico han dicho que este libro no es obligatorio sino opcional, el Consejo de Estado en su fallo de septiembre 13 de 2012 para el expediente 17772, le dió la razón a la DIAN indicando que sí es obligatorio para todos los comerciantes. Además, cuando la Supersociedades detecta que alguien lleva este libro, le exige imprimir allí, al final del año, el Balance General y el Estado de Resultados con el máximo detalle (a nivel de cuenta auxiliar y tercero).
Se entiende por activos como los poseídos para ser vendidos en el curso normal del negocio, como por ejemplo las mercancías; activos en proceso de producción; activos en forma de materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios.