Ministerio del Trabajo. No existe regulación de la prueba del polígrafo sobre un trabajador, pero tampoco hay prohibición expresa sobre su práctica, el empleador podría aplicarla, siempre y cuando cuente con el consentimiento manifiesto del trabajador, el cual debe ser libre de cualquier vicio o coacción; advirtiendo que no es una amenaza a su dignidad humana y demás derechos fundamentales.
Superindustria y Comercio. Para efectos de cancelar la matrícula mercantil de una sociedad en liquidación o de sus establecimientos de comercio se deberán renovar los años anteriores a la disolución y liquidación de la sociedad, es decir, pagar las renovaciones atrasadas, en virtud del artículo 50 de la Ley 1429 del 2010, en concordancia con el artículo 51 del Decreto 2042 del 2014.