Julio Fernando Álvarez, Gustavo Cote y Juan Manrique explican las consecuencias que podrían derivarse si las demandas existentes contra la Ley 1943 de 2018 prosperan. Todos los decretos reglamentarios perderían vigencia y se establecerían normas temporales una vez se declare la emergencia económica.
Hasta el 25 de septiembre de 2019 tendrán plazo los contribuyentes del régimen ordinario para normalizar sus activos omitidos o pasivos inexistentes poseídos a enero 1 del año en curso. Tal normalización deberá efectuarse mediante el formulario 445 dispuesto por la Dian.
El artículo 204 de la Ley 1955 de 2019 aclaró que desde el año en curso las cooperativas disfrutan de la exoneración de aportes de nómina establecida en el artículo 114-1 del ET. Por tanto, se entiende que empezarán a liquidar la tarifa del 20 % al monto que recauden al final del año.
Así lo indicó la entidad en un proyecto de resolución publicado el 30 de agosto de 2019. Al formulario 350 se le agregaría un renglón para reportar los dineros por contribuciones de laudos arbitrales establecidos con la Ley 1955 de 2019, y al formulario 445 se le agregarían dos hojas informativas.
A través del Decreto 1468 de agosto 13 de 2019, el Ministerio de Hacienda reglamentó el artículo 66 de Ley 1943 de 2018, mediante el cual se creó el régimen simple de tributación, y estableció el procedimiento para la declaración y pago de impuestos antes y después de optar por el régimen simple.
El artículo 906 del ET señala a aquellos sujetos que no pueden optar por inscribirse en el régimen simple de tributación. Sin embargo, dentro del artículo no se especifica si las personas naturales que perciben ingresos por concepto de pensiones pueden o no decidir acogerse a tal régimen.
El Decreto 1468 de 2019 indicó que en la declaración del SIMPLE se podrá imputar el anticipo liquidado en la declaración de renta del régimen ordinario del año anterior. Dicho arrastre provocaría la formación de saldos a favor, haciendo innecesario exigir el pago adicional de los anticipos bimestrales.
Ministerio de Hacienda expide por segunda vez el proyecto de decreto reglamentario mediante el cual corrige errores presentados en la primera versión, publicada el 10 de mayo de 2019. En esta nueva entrega se precisan los montos mínimos de empleo para empresas y el término de la presentación de los proyectos de inversión.
Por medio de la Ley 1955 de 2019 se expidió el Plan Nacional de Desarrollo –PND– por la vigencia 2018 – 2022, el cual efectuó diversas modificaciones al Estatuto Tributario. En este editorial te contamos cuáles fueron algunos de esos cambios.
Para esta importante temporada de declaraciones de renta de personas naturales correspondiente al año gravable 2018 resulta fundamental identificar criterios como, por ejemplo, la residencia fiscal del contribuyente, pues de esto depende la determinación del formulario que debe utilizar.
Con la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 se efectuaron modificaciones al impuesto nacional al consumo -INC- aplicables a partir de enero de 2019. De igual manera, el Decreto 961 de 2018 establece las características de los responsables del impuesto, así como los sujetos y las características del mecanismo de retención en la fuente, entre otras novedades.
Para obtener la base de retención en la fuente, el artículo 388 del ET permite que las personas naturales que no hayan subcontratado dos o más trabajadores resten el 25 % de renta exenta, el cual también podrá detraerse en la declaración de renta anual, de acuerdo con el Decreto 2250 de 2017.