Las personas naturales que declaran renta, ¿deben calcular la renta presuntiva? ¿Con cuál tarifa?
La renta presuntiva es una renta líquida especial cuyos lineamientos se encuentran señalados entre los artículos 188 y 189 del Estatuto Tributario. Se considera como tal, pues la ley presume que el contribuyente obtuvo una rentabilidad mínima de su patrimonio líquido a diciembre 31 del año anterior.
Dadas las diferencias entre el impuesto generado sobre las rentas ordinarias gravables de las cédulas que conforman el formulario 210 y aquel calculado sobre la renta presuntiva, en algunos casos resultará más beneficioso para los contribuyentes renunciar a beneficios tributarios.
Para elaborar la declaración de renta de las personas jurídicas del año gravable 2018 es de vital importancia definir correctamente el patrimonio bruto y líquido, dado que los valores fiscales de los activos y pasivos a diciembre 31 de 2018 influyen en muchos cálculos tributarios.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Si una empresa creada en el 2018 obtuvo pérdidas por dicho período gravable, ¿cuál sería su impuesto a cargo?, ¿deberá declarar sobre renta presuntiva? ¿está obligada a calcular anticipo de renta?, ¿puede compensar dicha pérdida?
Pregunta resuelta el 11 de abril de 2019.
La declaración de renta de las personas jurídicas por el año gravable 2018 no solo deberá dar cuenta de algunas modificaciones a la Ley 1819 de 2016 y sus decretos reglamentarios (que entraron en vigor en el año gravable objeto de reporte), sino de otros cambios en materia de procedimiento tributario que introdujo la Ley 1943 de 2018.
Con los cambios efectuados por la Ley de financiamiento al artículo 330 del ET, para el año gravable 2019 las personas naturales deberán utilizar tres cédulas: la general, de pensiones y dividendos y participaciones; según sea el caso, puede generarse un incremento en el impuesto.
En octubre de 2018 la Dian reclasificó al régimen ordinario unas 84.000 entidades que no hicieron solicitud de permanencia en el régimen especial. Dichas organizaciones deberán presentar su declaración del año gravable 2018, liquidando el impuesto de renta, aunque sea sobre su renta presuntiva.
Las personas naturales residentes obligadas a declarar renta por poseer un alto patrimonio bruto, liquidarán su impuesto de renta en el régimen ordinario, sobre la renta presuntiva. Pero si optan por trasladarse al régimen simple, no tendrán que realizar dicha liquidación, y su impuesto sería de cero pesos.
Tal como sucedió con los monotributistas, es fácil prever que quienes se acojan al nuevo régimen simple de tributación no tendrán que denunciar su patrimonio fiscal y, por lo tanto, tampoco se les podría exigir presentar la declaración de activos en el exterior.
En la cedulación del año gravable 2019 y siguientes, luego de los cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018, la renta presuntiva solo se comparará contra la nueva cédula general. Lo anterior provocará que los pensionados y quienes obtienen dividendos paguen un mayor impuesto de renta.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple se encuentran obligados a realizar el cálculo de la renta presuntiva?
Resueltas enero 17 de 2019