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Según el Estatuto Tributario –ET–, existen dos procedimientos aceptados para realizar la retención en la fuente sobre rentas de trabajo. Estos son el procedimiento 1, que se encuentra en el artículo 385 del ET, y el procedimiento 2 del porcentaje fijo, que encontramos en el numeral 386 del ET. Aquí te contamos algunos detalles. En […]
¿Cuáles son las bases especiales señaladas en el art. 1.2.6.7 del DUT 1625 de 2016 para practicar autorretenciones especiales a título de renta?
¿Cómo se define el porcentaje de la autorretención especial a título de renta de los artículos 1.2.6.6 hasta 1.2.6.11 del DUT 1625 de 2016 si el contribuyente desarrolla al mismo tiempo varias actividades operacionales?
¿Cuáles son las personas jurídicas que sí quedan obligadas a practicarse las autorretenciones especiales a título de renta establecidas en los artículos 1.2.6.6 hasta 1.2.6.11 del DUT 1625 de octubre de 2016, las cuales fueron creadas con el Decreto 2201 de diciembre de 2016?
Con este liquidador podrás calcular el valor de la retención en la fuente por pensiones obtenidas en Colombia.
Recuerda que el artículo 42 de la Ley 2010 de 2019 modificó el artículo 383 del ET, cambiando así la tabla de retención en la fuente que se aplica por este concepto.
La Dian modificó la Resolución 05707 de 2019, cambiando la forma en que se examinan las pérdidas fiscales de los interesados en obtener autorización como autorretenedor a título de renta.
Si las pérdidas se formaron por utilización de deducciones fiscales especiales, el contribuyente podrá ser autorizado.
A causa de la caída en los precios internacionales del carbón y otros minerales y la Sentencia C-489 de la Corte Constitucional, el Decreto 0242 de 2024 volvió a reducir las tarifas de las autorretenciones especiales a título de renta para las personas naturales y jurídicas que se dedican a los sectores extractivos.
La Dian expidió su Resolución 000026 del 26 de febrero de 2024, a través de la cual modificó parcialmente los requisitos para ser autorizado como autorretenedor del impuesto de renta.
De igual manera, se modificaron las causales de suspensión de esta autorización.
Más detalles aquí.
Minhacienda modificó mediante el Decreto 0242 de 2024 las tarifas de retención y autorretención del impuesto sobre la renta.
Esta retención solo la deberán practicar las personas y entidades mencionadas en los numerales 3 y 8 del artículo 437-2 del ET, que fue modificado con la Ley 1819 de 2016. Las retenciones mencionadas en el numeral 8 de dicho artículo solo empezarán a aplicar a partir de julio de 2018.
El mecanismo de retención en la fuente es la herramienta de recaudo anticipado que utiliza el Estado para ciertos impuestos. Su aplicación requiere el conocimiento de muchas bases, tarifas y cuantías mínimas, además de la distinción entre regímenes. En este espacio resolvemos algunas dudas sobre este tema. Diego Guevara, especialista en impuestos y líder de […]
Las sociedades del régimen ordinario que utilicen la exoneración de aportes de nómina del artículo 114-1 del ET deben practicar las autorretenciones especiales del Decreto 2201 de 2016.
En este editorial te contamos en cuáles escenarios se debe practicar la autorretención especial en renta.