Un proyecto de ley busca simplificar el trámite de devolución de saldos a favor, así como incluir en este proceso a asalariados o quienes trabajen por prestación de servicios.
Las personas naturales y jurídicas que posean saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán solicitarlos en devolución y/o compensación ante la Dian.
Mediante el Concepto 1046 de 2023, la Dian flexibilizó un requisito esencial para el pago de la devolución.
Conoce aquí todos los detalles.
El artículo 1.6.1.13.2.7 del DUT 1625 de 2016 indica los requisitos que determinan cuándo una persona natural o sucesión ilíquida queda exonerada de presentar la declaración de renta y complementario.
Quienes declaren voluntariamente deberán tener en cuenta algunos aspectos relacionados con la declaración.
Quienes hayan presentado su declaración del año gravable 2022 liquidando un saldo a favor, y cumplido los requisitos para que la firmeza les opere, por ejemplo, en los 6 meses siguientes a su presentación, solo pueden tramitar la solicitud de devolución de dicho saldo a favor antes de que culmine el período de firmeza.
¿Qué requisito especial se exige para poder hacer la compensación de un saldo a pagar por retención en la fuente y los saldos a favor que se poseen en IVA o impuesto de renta?
La Dian expidió el Concepto 1046 de 2023, mediante el cual se reconsidera la doctrina en la que esta entidad había concluido que el beneficiario del saldo a favor debía demostrar que era titular de una cuenta bancaria en Colombia.
Los saldos a favor del año gravable 2021 que no se imputen en las declaraciones del año gravable 2022 solo tienen un plazo especial para solicitarlo en devolución, el cual se acorta demasiado si la declaración del 2021 quedó cobijada con el beneficio de auditoría del artículo 689-2 del ET.
El artículo 580-1 del ET establece 4 requisitos especiales para que agentes de retención en la fuente puedan realizar este tipo de compensación.
La compensación con un saldo a favor formado previamente en alguna declaración anual del régimen simple es posible si se cumple una condición especial.
Los contribuyentes y responsables pueden adelantar ante la Dian los procesos de solicitud de devolución y/o compensación de saldos a favor acumulados en declaraciones tributarias como la de renta e IVA.
Aquí te contamos las normas, formatos, procedimientos y demás que debes tener en cuenta.
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El calendario tributario del año 2023 permitirá que los contribuyentes del régimen simple primero presenten su declaración anual del año gravable 2022 y luego presenten el primer formulario de anticipo bimestral del 2023 en el cual se podrá imputar oportunamente el saldo a favor que primero arroje la declaración anual.
Quienes formen saldos a favor en sus declaraciones tributarias pueden solicitar su devolución y/o compensación.
Cuando la solicitud es presentada sin los requisitos exigidos, la Dian puede rechazarla.
En caso de que el saldo a favor sea devuelto de forma indebida, el solicitante podrá ser sancionado.
Los saldos a favor son excedentes que tiene un contribuyente en la Dian. Puede solicitarlos en devolución o usarlos para compensar deudas con esta entidad. En esta Capacitación aprenderás en detalle por qué se originan estos saldos y cómo solicitar su devolución o compensación.