Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: septiembre 28 2017

Oficio 220-201641 de 14-09-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 14 septiembre, 2017

Respecto de las personas naturales o jurídicas que prestan los servicios de intermediación para permitirle a los usuarios el acceso a las actividades turísticas a través de plataformas electrónicas de su autoría, creadas con el fin de obtener para sí una comisión, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en las normas especiales en materia de turismo, particularmente el artículo 2.2.4.1.1.1 del Decreto 1074 de 2015, en torno a los servicios que son objeto de control, que se ejerce a través del Registro Nacional de Turismo, el cual establece que este solo es exigible para los prestadores de servicios turísticos que efectúen sus operaciones en Colombia, lo cual ha de entenderse en armonía con el criterio adoptado por la Jurisprudencia de la Corte Constitucional frente a la aplicación del Principio de Territorialidad de la ley, el cual reviste un sentido absoluto en varios artículos del Código Civil, a saber: 1) por virtud de su artículo 18 la ley colombiana es de obligatoria observancia tanto para los nacionales como para los extranjeros residentes en este país; 2) conforme al primer inciso del artículo 20 los bienes situados en territorio colombiano se sujetan a las disposiciones de este código; 3) la misma regla opera en relación con los contratos celebrados en país extraño sobre bienes situados en Colombia o que deban ejecutarse o producir efectos en el territorio nacional; 4) se sujetan a este código los actos jurídicos celebrados en Colombia, en cuanto a sus formalidades, contenido, validez y naturaleza, según el artículo 21 ibídem.

Oficio 023878 de 04-09-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 4 septiembre, 2017

De acuerdo con el artículo 1.3.2.1.8 del Decreto 1625 de 2016, los pagos o abonos en cuenta que constituyan ingreso tributario para los contribuyentes del impuesto de renta, por concepto de ventas o servicios, realizadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito están sometidos a retención en la fuente a la tarifa del 1,5 %. Dicha retención debe ser practicada por las respectivas entidades emisoras de las tarjetas de crédito y/o débito en el momento del correspondiente pago o abono en cuenta a las personas o establecimientos afiliados, sobre el valor total de los pagos o abonos efectuados antes de descontar la comisión que corresponde a la emisora de la tarjeta y descontado el impuesto sobre las ventas generado por la operación gravada.

Concepto 670 de 03-08-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 3 agosto, 2017

El CTCP precisa que las normas vigentes sobre registro y libros son las contenidas en el título del Decreto 2649 de 1993. En ellas se establecen los requisitos que deben cumplir los soportes y comprobantes de contabilidad.

Concepto 17204469 de 03-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 3 agosto, 2017

Los responsables del tratamiento de datos personales deben obtener la autorización por parte del titular a más tardar al momento de su recolección informándole la finalidad específica del tratamiento de los mismos, y deben utilizar mecanismos que garanticen su consulta posterior. Cabe señalar que los operadores de información pueden suministrar la información personal de manera verbal o escrita recolectada o suministrada a los titulares, a las personas debidamente autorizadas por el titular, a los causahabientes del titular, a los usuarios de información, a la autoridad judicial (previa orden judicial), a las entidades públicas del poder ejecutivo en ejercicio de sus funciones, a los órganos de control y demás entidades de investigación disciplinaria, fiscal, o administrativamente, a otros operadores de datos cuando se cuente con autorización del titular o cuando sin ser necesaria la autorización del titular el banco de datos de destino tenga la misma finalidad o una finalidad que comprenda la que tiene el operador que entrega los datos y a las personas autorizadas por la mencionada ley. Cabe resaltar que la información que los operadores pueden suministrar es aquella referida al nacimiento, ejecución y extinción de obligaciones dinerarias, independientemente de la naturaleza del contrato que les dé origen, así como la información relativa a las demás actividades propias del sector financiero o sobre el manejo financiero o los estados financieros del titular.

Concepto 659 de 02-08-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 2 agosto, 2017

De acuerdo con el artículo 48 de la Ley 43 de 1990, el profesional que haya ejercido como revisor fiscal en una entidad se encuentra inhabilitado por un año contado a partir de la fecha del retiro de su cargo para prestar servicios profesionales como contador público en la misma entidad.

Concepto 17108854 de 04-07-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 4 julio, 2017

Con relación a la protección del consumidor, existe una obligación para con los consumidores de ofrecerles información mínima acerca de productos o servicios, con el fin principal de permitirles tomar decisiones informadas. La responsabilidad por publicidad engañosa recae sobre los proveedores de productos o servicios; de ser demostrada la no correspondencia entre la publicidad con la realidad podrá ocasionar sanciones y acciones jurisdiccionales. Respecto al tema de competencia desleal, la publicidad comparativa no está prohibida, y se permite siempre y cuando estas no entreguen información incorrecta o falsa, no omitan verdades, y cuando sean susceptibles de comprobación y comparación. En este sentido, para que un acto de comparación sea considerado como competencia desleal tiene que: 1) tener extremos identificables, 2) ser público, 3) comparar con un tercero, 4) que contenga indicaciones o aseveraciones incorrectas o falsas, o se omita la verdad, y 5) que los extremos comparados sean comparables.

Concepto 578 de 30-06-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 30 junio, 2017

Ser nombrado como presidente del consejo de administración, aun si anteriormente la persona ejerció como contador público de la copropiedad, no materializa ningún tipo de inhabilidad para ejercer dicho cargo.

Concepto 553 de 20-06-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 20 junio, 2017

Si luego de realizar las revisiones respectivas, la compañía resulta efectivamente en causal de disolución con ocasión de los ajustes que suscita la aplicación por primera vez de los nuevos marcos técnicos, es indispensable tener en cuenta que el efecto de dicha causal se verá reflejado en los estados financieros, los cuales deberán presentarse en el año siguiente para consideración del máximo órgano social, a quienes corresponderá adoptar las medidas conducentes para restablecer el patrimonio.

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