El Gobierno buscaba tener cierto control sobre las actividades de los trabajadores por cuenta propia no obligados a llevar contabilidad y por eso se había contemplado llevar el sistema de registros. Ya han pasado tres años y la entidad no ha hecho la tarea.
Han transcurrido más de tres años desde que se expidió la Ley 1607 de diciembre del 2012 y la DIAN aún no ha cumplido con diseñar el sistema de registros ordenado en el artículo 338 del ET, el cual tendría que ser utilizado en forma obligatoria por las personas naturales que califiquen como trabajadores por cuenta propia –TCP–.), que no estén obligados a llevar contabilidad y que deseen acogerse a la declaración del IMAS de los TCP.
Han transcurrido más de dos años desde que se expidió la Ley 1607 de diciembre de 2012 y la DIAN aún no ha cumplido con diseñar el “sistema de registros” ordenado en el artículo 338 del E.T., el cual tendría que ser utilizado en forma obligatoria por las personas naturales que califiquen como “Trabajadores por Cuenta Propia” -TCP- que no estén obligados a llevar contabilidad y que deseen acogerse a la declaración del IMAS de los TCP.