La Corte Suprema de Justicia determinó que la pensión de sobrevivientes por una contingencia de origen laboral procede a través de un fondo de pensiones, respecto a los trabajadores independientes que no les asiste la obligación de afiliarse a una aseguradora de riesgos laborales.
Es inconstitucional la norma que establecía el Ingreso Base de Cotización de los trabajadores independientes y con contratos diferentes a prestación de servicios personales.
La persona natural o jurídica que preste servicios de revisoría fiscal a una empresa no podrá simultáneamente prestarle servicios como los de asesoría tributaria y financiera, asesoría para la implementación de Estándares Internacionales, outsourcing contable o manejo de nómina a su cliente.
Es frecuente que los directivos de la empresa cliente ejerzan presión indebida sobre el revisor fiscal para que no informe oportunamente las irregularidades que detecte. Esta presión a veces se da de manera directa, pero en la mayoría de ocasiones se ejerce de manera indirecta y velada.
Un trabajador independiente se encuentra en la obligación de realizar aportes al fondo de solidaridad pensional, según el monto de su base ingreso de cotización.
Conozca las pautas bajo las cuales este tipo de trabajador debe proceder a la liquidación y pago de dichos aportes.
Todo trabajador independiente que obtenga ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo debe cotizar al sistema de seguridad social sobre el 40 % de los ingresos mensuales.
No obstante, existen muchas dudas respecto a la manera correcta de cumplir con esta obligación.
Edición # 100 de febrero del 2020 de la Revista ACTUALÍCESE.
Existen operadores autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social para el manejo de la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila–.
Conozca dichos operadores, aspectos referentes al reporte de novedades, y las fechas límite de pago de aportes a seguridad social para independientes.
Al ejercer durante un período largo una revisoría fiscal, el contador público corre el riesgo de convertirse en amigo de los directores y otros empleados de la empresa, sin darse cuenta. Esto puede generar una complacencia con ellos, impidiéndole cumplir adecuadamente con la necesaria independencia.
La planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– es el mecanismo mediante el cual deben efectuarse los aportes a seguridad social.
La Pila comprende varios tipos de planilla, de los cuales dos deben ser utilizados por los trabajadores independientes.
La Corte Suprema de Justicia recordó que, a diferencia de los trabajadores dependientes, las administradoras de pensiones no están obligadas a realizar el cobro coactivo de aportes a independientes.
Conozca además el papel de la UGPP sobre la mora en el pago para este último tipo de trabajadores.
Es prácticamente imposible que el revisor fiscal tenga la suficiente independencia cuando quienes eligen la junta directiva y el gerente eligen también al revisor fiscal. Este revisor fiscal queda pegado a la junta directiva y, quiéralo o no, se siente obligado a estar de acuerdo con ella.