Por regla general las terrazas son zonas comunes salvo que por estatutos se diga otra cosa. Si la norma no hace referencia a nada, los techos y terrazas siempre serán considerados bienes comunes. De lo contrario estaríamos frente a la situación de que todos los propietarios del último piso les daría por hacer un segundo nivel de manera libre. Y eso no es así.
Aproveche estos días de navidad para ponerse al día con una selección de editoriales que hemos realizado, para todas las personas vinculadas a la propiedad horizontal, como son administradores, miembros de consejos, contadores, revisores fiscales, propietarios e inquilinos. Aquí una selección de 10 editoriales.