La Reforma Tributaria creó el nuevo Impuesto al Consumo, el cual tiene una serie de características que explicamos a continuación.
DIAN. Registro Unico Tributario. Inscripción. Renta de entidades extranjeras.
En este punto se modificaron los listados de bienes excluidos y exentos. A ciertos productores de bienes exentos se les exigirá llevar contabilidad aunque sea para fines fiscales. También, A partir del 2013 se permitirá tomar como descontables todos los IVA sin importar que sean de tarifas superiores a las que usa el responsable a la hora de vender.
DIAN. Impuesto Sobre las Ventas Como Gasto en Renta.
El artículo 165 de la Ley 1607 de 2012 conocida como Reforma Tributaria también introdujo cambios para el manejo fiscal.
DIAN. Impuesto al consumo. Régimen Simplificado.
DIAN. Servicios de Aseo. AIU como base de liquidación.
La tarifa de retención de IVA, sobre compras de bienes o servicios gravados a residentes en Colombia, no seguirá estando a niveles de hasta el 75% sobre el IVA facturado por el responsable del régimen común o el teórico, entre otras modificaciones.
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Las NIIF no vienen ni con Plan de Cuentas ni con Dinámicas porque son Principios, es decir que expresan lo que se debe hacer y cuáles aspectos hay que tener en cuenta, pero no cómo se registra contablemente una transacción.