Ministerio de Hacienda. Por el cual se corrigen yerros en el artículo 1° del Decreto número 1243 de 2013 y se dictan otras disposiciones.
Supersociedades. No es viable la celebración de un contrato de mutuo entre una sucursal de sociedad extranjera y la casa matriz.
Supersociedades. De la adquisición de acciones frente la oferta de venta de “todas o ninguna”.
Supersociedades. Responsabilidad del liquidador- de los socios en un proceso de liquidación voluntaria de una sociedad comercial.
DIAN. Ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total.
DIAN. Declaración de Retención en la Fuente – punzo para subsanar Ineficacia.
Art. 3 del Decreto 1070 de mayo 28 de 2013. Los contratantes deben verificar que sus contratistas, por prestación de servicios, coticen sobre las bases correctas a su seguridad social. Pero en realidad es el propio contratista, bajo la gravedad de juramento, quien tiene que demostrar que sí efectúa todos los aportes que le corresponden.
Y más sobre el tema. El Gobierno sigue dando ‘patadas de ahogado’ porque sabe que los contribuyentes están enredados con este tema. Seguramente está pensando que entre más normatividad expida las dudas irán desapareciendo. Craso error.
Se debe tener en cuenta lo que dice los artículos 592 a 594-1 del E.T. El tope mínimo de ingresos brutos está fijado en $36.469.000.
Además, al final de año no deben liquidar el CREE. ELa idea es que las personas naturales también se animen a convertirse en empleadoras, a dar puestos de trabajo porque les saldrá mas económico otorgarlos.
El 17 de junio de 2013, con el expediente D-9680, la Corte admitió la demanda contra el art. 163 de la Ley 1607. Por lo tanto y teniendo presente que en el pasado ya han existido sentencias que terminan declarando inexequibles este tipo de saneamientos, se puede decir que los únicos que podrán aprovecharlo serán los que lo hayan alcanzado a utilizar antes que salga la sentencia.
Para evitar que se formen saldos a favor en este tipo declaración, el gobierno está planteando la propuesta de que las retenciones a favor que se le practiquen en exceso al declarante no se llevarían a la declaración anual sino que las tendría que cruzar con los saldos a pagar de sus declaraciones mensuales por retenciones del CREE.