Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. cual (sic) es la norma que ampara al usuario que adelante trámite de reclamación de factura de servicios públicos de energía y una vez se obtenga respuesta otorgándole recursos, lo proteja de la suspensión del servicio por parte de la EPS.
Las cesantías son una prestación social a cargo de todo empleador, cuyo fin es un ahorro que tiene el trabajador para: cuando esté desempleado; invertirlas en el pago de sus estudios, el de su cónyuge o compañera o el de sus hijos; para compra, mejora o liberación de gravámenes de su vivienda o de su cónyuge o compañero permanente.
Es una prestación social que debe pagar todo empleador cuyo fin es que de alguna manera los trabajadores también disfruten por las utilidades que arroja la empresa (Excepto Servicio Doméstico).
DIAN. Procedimiento 2 para retención de ingresos laborales.
El paro está motivado por la avalancha de leyes, decretos, resoluciones y estándares que golpean a los Contadores Públicos Colombianos.
Cuando un empleado se encuentra incapacitado la prórroga del contrato se extenderá hasta el tiempo que dure la incapacidad. Al empleado no se le puede preavisar si no se encuentra en las instalaciones de la empresa.
Accionista o socio de una sociedad mercantil que está vinculado a empresa y además presenta cuentas de cobro por prestar algún servicio a la sociedad, recibirá un salario y como tal la sociedad está obligada a reportarlo en la PILA. Y sobre eso pagar para ese socio como dependiente en seguridad social la salud, pensión, riesgos laborales y aportes parafiscales.
Si el Director de la DIAN expidió oportúnamente las resoluciones con solicitud de información exógena para el año gravable 2013, la única salida jurídica que queda para exigir la información del 2013 es la de un decreto que así lo establezca y que se presentaría como reglamentario de la Ley 1607, firmado por el Presidente de la República, amparado en el art. 189, numeral 11 de la Constitución.
Cuando los policías y militares con asignación de retiro se vinculan laboralmente o realizan actividades por las que reciben honorarios, deben cotizar nuevamente a salud sobre los ingresos que perciban como salario u honorarios, so pena de retenerle dichos honorarios. Ellos insisten en no querer pagar.