Las bases de datos a construir deben estructurarse a partir de la captura inicial de la información. Por otro lado, la improvisación del gobierno en materia de información contable financiera no tiene límites y un total desconocimiento del norte dado por la Ley 1314 de 2009. Como siempre, los empresarios pagarán bien caro todo estas brillantes ideas.
DIAN. Empleados por contratación de servicios.
DIAN. Gradualidad sanciones.
De acuerdo con el Decreto 2460 y los cambios en el RUT, ¿qué actualizaciones son las que no se podrán hacer virtualmente?
Con el nuevo decreto sobre el RUT, ¿todos deberán tener registrados correos electrónicos en el RUT?
El problema con las personas naturales es que el Decreto 1070 de 2013 les pide que informen de qué tipo de ingresos vivieron el año anterior, y a uno como persona natural la situación le puede cambiar de un año a otro. Hay que recordar que lo que la hace pertenecer al universo de los empleados son los ingresos que obtuvo en el año anterior.
9 causales de suspensión del RUT eran las que se establecían en el art. 10-2 del Decreto 2788 de 2004. Hoy, en los artículos 15 y 16 del Decreto 2640 de 2013 se sigue hablando de la suspensión del RUT, pero no se dice nada sobre causales, efectos que se originarían para el administrado y para los que efectúen operaciones con él.
Con el Decreto 2418 de octubre 31 de 2013 se modifica, desde noviembre 1° de 2013 en adelante, varias de las tarifas de retención a título del impuesto de renta por conceptos como compras en general, construcción de inmuebles, venta de inmuebles, rendimientos financieros y exportaciones de hidrocarburos y demás productos mineros.
La semana pasada se supo de nuevas capturas de personas que en la DIAN Barranquilla seguían defraudando al Estado con las solicitudes de devolución de falsos saldos a favor en IVA, originados en falsas exportaciones. Aunque eso se empezó a atacar con las medidas que había establecido la Ley 1430 de 2010, se puede decir que la Ley 1607 de 2012, con su reducción de la retención de IVA y con el permitirles declarar bimestralmente en lugar de cuatrimestral o anualmente, les volvió a facilitar los fraudes a los corruptos.
Esa es la conclusión a la que se llega cuando se estudian los cambios introducidos por el Decreto 2418 de oct. 31 de 2013 y lo que sigue diciendo uno de los incisos de la norma superior contenida en el art. 401 del E.T. Si la conclusión es correcta, entonces el problema es cómo definir si se está en frente de un “contribuyente declarante” o de un “contribuyente no declarante”.